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-LA ESCUELA INSUSTANCIAL. Sobre la urgente necesidad de derogar la LOMLOE. -EL CAZADOR EMBOSCADO. Novela. ¿Es posible reinsertar a un violador asesino? -EL VIENTO DEL OLVIDO. Una historia real sobre dos asesinados en la retaguardia republicana. -JUNTA FINAL. Un relato breve que disecciona el mercadeo de las juntas de evaluación (ACCESO GRATUITO EN LA COLUMNA DE LA DERECHA). -CRÓNICAS DE LAS TINIEBLAS. Tres novelas breves de terror. -LO QUE ESTAMOS CONSTRUYENDO. Conflictividad, vaciado de contenidos y otros males de la enseñanza actual. -EL MOLINO DE LA BARBOLLA. Novela juvenil. Una historia de terror en un marco rural. -LA REPÚBLICA MEJOR. Para que no olvidemos a los cientos de jóvenes a los que destrozó la mili. -EL ÁNGULO OSCURO. Novela juvenil. Dos chicos investigan la muerte de una compañera de instituto. PULSANDO LAS CUBIERTAS (en la columna de la derecha), se accede a información más amplia. Si os interesan, mandadme un correo a esta dirección:
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domingo, 5 de junio de 2011

La propuesta del MEC para modificar la selección del profesorado

   Ha salido a la luz un borrador elaborado por el Ministerio de Educación en el que este departamento presenta su propuesta de proceso de selección del profesorado de las etapas no universitarias. Este proceso se concreta en los siguientes hitos:
   1.- Un importante requisito previo (artículo 13): estar en posesión del título de graduado, maestro, licenciado, ingeniero, arquitecto o equivalente apropiado para el nivel de docencia a que uno aspire.
   2.- Otro nada despreciable requisito previo (artículo 13): para los aspirantes a niveles de secundaria y FP, estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica establecida en el artículo 100.2 de la LOE, lo que vulgarmente se conoce como el máster en didáctica, y que representa, como es de dominio público, una importante tajada que el tiburón pedagógico ha obtenido en su afán de controlar quién enseña y cómo se enseña en las aulas españolas.
   3.- Una fase de oposición (articulos 18 a 22). Esta fase consta de dos pruebas. La primera está destinada a demostrar los "conocimientos científicos" (sic) y tiene a su vez dos fases, una teórica y otra práctica, más o menos (ver artículo 21.1). La segunda es una nueva tajada engullida por el escualo pedagógico (este animalito un día va a dar un reventón) y está destinada a demostrar la competencia pedagógica y didáctica, mediante la defensa oral de un supuesto práctico (ver art. 21.2).
   4.- Una fase de concurso (artículos 23 y 24), en la que aquellos que tuvieren servicios prestados y otros méritos pueden acreditarlos.
   5.- UNA FASE DE PRÁCTICAS, LA AUTÉNTICA NOVEDAD DE ESTA PROPUESTA, pues lo visto hasta aquí son cosas que ya estaban. Los procedimientos de esta fase se establecen en los artículos 29 y 30. Se explica ahí que el aspirante en prácticas deberá ejercer la docencia en un centro durante un curso, al final del cual se enfrentará a las siguientes cribas:
        -Una evaluación de la función docente en el centro y, si la supera,
        -Una prueba final (así como lo oyen), cuya superación representará la definitiva superación del proceso selectivo.

ALGUNAS OBSERVACIONES

Primera. Desde que se instauró el imperio de la LOGSE allá por el año 90, se produjo en la enseñanza un desembarco de los psicopedagogos y una implantación de las doctrinas didácticas de las que son sacerdotes. Esta implantación se ha concebido con el paso de los años como una colonización expansiva, destinada a ocupar y dominar el mapa completo del universo educativo. Así, por ejemplo, en los antiguos procedimientos selectivos, la prueba de didáctica o no existía o era un trámite, mientras que ahora, como hemos visto anteriormente en el punto 3, en los exámenes de acceso a secundaria, se constituye en un elemento de gran envergadura, mientras que los temarios correspondientes a los conocimientos de las diferentes asignaturas se han reducido. ¿Cree alguien que esto ha redundado en una mejora de la enseñanza? Vayan a los centros y verán como la inmensa mayoría de los profesores que están preparando oposiciones o de los alumnos universitarios en prácticas las consideran un fastidioso obstáculo, una hipertrofia de contenidos burocráticos que sobrecarga con absurdos legalismos las cuestiones de programación y metodología, que tampoco dan para tanto. Pero los burócratas que mandan hoy en la educación exigen que un profesor conozca sus decretos y reglamentos mejor que lo que realmente importa: esas áreas de conocimiento que luego tendrán que enseñar, porque son la rienda que ellos empuñan, así que ojito con no llevar listo este óbolo para Caronte. Que luego esa morralla papelera sea completamente inútil para  lo que realmente importa, a  ellos les trae sin cuidado.
Segunda. Otro tanto  ocurre con eso del máster: es un globo de la supuesta ciencia pedagógica tan hinchado como vacío, pero, hoy en día, estos todopoderosos señores han logrado implantar también en la formación universitaria sus horcas caudinas, bajo las cuales tiene que pasar todo aquel que quiera ejercer la docencia.
Tercera. Si nos molestamos en leer este borrador, veremos que tiene algunas grietas en su principal novedad: la fase de prácticas. Ya hemos visto que esta tiene que someterse al final a una primera valoración llamada evaluación de la función docente en el centro. Viendo lo que el borrador propone para esta prueba, se me ocurren algunas objeciones:
   -Esta evaluación la hará una comisión formada por un representante del departamento didáctico, el tutor de prácticas, un representante del consejo escolar, el director del centro y un inspector. No cabe duda de que la presencia de estos dos últimos es para garantizar la pureza y sometimiento a la ortodoxia de las prácticas evaluadas, con lo que será -como, más o menos, ya es ahora- una especie de repetición del examen de capacidad pedagógica.
   -Existe, sin embargo, una cosa que es inadmisible y que se debe, me figuro, a una insistencia en el buen rollito y el control social de la educación de nuestro demagógico ordenamiento educativo: la presencia de un miembro del consejo escolar en esa comisión: ¿qué pinta un miembro del consejo escolar para valorar nada menos que unas prácticas docentes? En el consejo escolar pueden entrar padres, alumnos, personal no docente...: ¿con qué alegría demagógica y desprecio hacia el profesorado se permite el MEC abrir la puerta a que personas no especialistas puedan influir en aprobar o suspender a opositores? Mientras la irresponsabilidad deambule entre quienes gobiernan la educación, no iremos a ninguna parte.
Cuarta. Después de esta valoración en el centro, todavía tendrá el aspirante que enfrentarse a La Prueba Final, que es ¡otro examen en el que deberá demostrar su aptitud didáctica! ¿Qué sentido tiene esto, después de tantísimos controles y cuando ya se ha incidido tanto en esos aspectos? Lo han adivinado ustedes, señores: es una nueva dentellada del tiburón pedagógico, una nueva ceremonia de comunión con la ortodoxia. Quien quiera comprobar si esto es así, que se mire el punto 5 del artículo 30, donde se marcan los criterios para esta prueba, y allí encontrará toda la letanía, muy significativa ya solo desde el lenguaje de esta liturgia: que si animar situaciones de aprendizaje, que si gestionar el progreso de los aprendizajes, que si las sacrosantas TIC von Siempre, que si realizar tutorías con alumnos y padres y madres, que si la realidad social... Palabrería vana, la jerga de una rígida burocracia con que los pedagogos sacralizan los dogmas inútiles que nos han impuesto para sostener un sistema fracasado.

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